La organización asume la responsabilidad por los daños ocasionados cuando a consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, se causan daños o lesiones a una persona física o jurídica que no tenga el deber jurídico de soportar, siempre que no se trate de un supuesto de fuerza mayor, implica el reconocimiento del derecho a indemnización de los particulares.